IBFAN INFO Volumen 1, No 1

Código Internacional

El Código busca promover y proteger a la lactancia materna a través de prácticas que regulen la comercialización de los productos que se venden para la alimentación artificial.

El Código se aplica a leches artificiales para bebés, otros productos utilizados para la alimentación infantil, especialmente cuando se comercializan para ser utilizados en biberones o para bebés menores de seis meses de edad. El Código también se aplica a los biberones y tetinas.

El Código contiene estas diez provisiones importantes:

  1. Ninguna publicidad al público sobre estos productos.
  2. Ningún suministro de muestras gratuitas para las madres.
  3. Ninguna promoción de productos en los centros de salud, incluyendo la distribución de suministros gratuitos o de bajo costo.
  4. Ningún representante de ventas de las compañías que aconseje a las madres.
  5. Ningún regalo, ni muestras para el personal de salud.
  6. Ninguna palabra o dibujo que idealice la alimentación artificial, ni retratos o fotos de infantes en las etiquetas de los envases de leche infantil.
  7. La información para el personal de salud debe ser científica y factual.
  8. Toda la información sobre alimentación infantil, incluyendo la que está en las etiquetas, debe explicar sobre los beneficios de la lactancia materna y sobre los costos y peligros asociados con la alimentación artificial.
  9. Productos inapropiados, como la leche condensada, no deben ser promocionados para bebés.
  10. Para evitar un conflicto de intereses el personal de la salud, que trabaja con relación a la salud infantil, nunca deben recibir apoyo financiero por parte de la industria de alimentos infantiles.

Los productores y distribuidores deben cumplir con todas las provisiones del Código, aún si en los países no se han adoptado leyes u otras medidas.


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