WHA RESOLUCION 35.26
La 35ª Asamblea Mundial de la Salud,
Recordando la resolución WHA33.32
sobre la alimentación del lactante y del niño pequeño y la resolución
WHA34.22 adoptando el Código
Internacional de Comercialización de Sucedáneos de la Leche
Materna;
Consciente de que la
lactancia natural es el método ideal de alimentación del lactante
y debe ser fomentado y protegido en todos los países;
Consciente
también de que unas prácticas de alimentación infantil inadecuadas
aumentan la incidencia de la mortalidad, la malnutrición y la
morbilidad infantiles, especialmente en condiciones de pobreza
y falta de higiene;
Reconociendo
que la comercialización de sucedáneos de la leche materna ha
contribuido a aumentar la alimentación artificial de los lactantes;
Recordando
que la 34ª Asamblea Mundial de la Salud adoptó un código internacional
destinado, entre otras cosas, a tratar de esas prácticas de
comercialización;
Teniendo
en cuenta que, si bien muchos Estados Miembros han tomado algunas
medidas con el fin de mejorar la alimentación del lactante y
del niño pequeño, son pocos los que han adoptado y suscrito
el Código Internacional como un "requisito mínimo"
y lo han aplicado "en su totalidad", como se pide
en la resolución
WHA34.22;
1. INSTA a los Estados
Miembros a que presten una renovada atención a la necesidad
de adoptar leyes, reglamentos u otras disposiciones apropiadas
nacionales para dar efecto al Código Internacional;
2. PIDE al Director General:
(1) que
establezca y coordine un programa completo de acción con objeto
de respaldar a los Estados Miembros en sus esfuerzos por llevar
a la práctica el Código y vigilar su eficacia;
(2) que
ayude y oriente a los Estados Miembros, siempre y cuando lo
soliciten, a fin de velar por que las medidas que adopten
se ajusten a la letra y al espíritu del Código Internacional;
(3) que
emprenda, en colaboración con los Estados Miembros, estudios
prospectivos, con inclusión de datos estadísticos sobre las
prácticas de alimentación del lactante y el niño pequeño en
los países, particularmente con relación a la incidencia y
duración de la lactancia natural.
Mayo de 1982
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